¿Quiere su factura con Comprobante?

¿Te han preguntado esto alguna vez? ¿Sabes qué significa o qué te quieren decir con esto?
En la mayoría de los casos significa que el comercio quiere saber si te emite una factura válida para crédito fiscal, esto quiere decir, que la misma posea las características que permitan a otros comercios y/o personas físicas que realizan actividades comerciales aprovechar ese gasto que hizo para beneficio de su negocio al pagar sus impuestos al Estado.

Los Comprobantes fiscales según lo define nuestra legislación fiscal vigente, son aquellos “documentos que acreditan la transferencia de bienes, la entrega en uso, o la prestación de servicios, debiendo estos cumplir siempre con los requisitos mínimos establecidos”. Y el Número de Comprobante Fiscal o NCF es la“Secuencia numérica otorgada por la Administración Tributaria a los contribuyentes que deseen emitir comprobantes fiscales.”
Por eso, el comprobante fiscal es el documento, que en la mayoría de los casos es la factura, o podría ser una nota de crédito o débito, y el NCF son los números secuenciales que la DGII le asigna a cada comercio y/o personas físicas que realizan actividades comerciales.
En principio y por regla general todas las facturas emitidas por los comercios y/o personas físicas que realizan actividades comerciales deben llevar un NCF, los más comunes son para consumidor final, que es el que se le entrega a todo aquel que no haga uso comercial de las mismas, es decir, como su mismo nombre lo indica es el consumidor último de la factura. Dicho esto, cuando te preguntan si deseas una factura con comprobante, se hace referencia al que es válido para crédito fiscal y que se utilizan los comercios para validar sus compras con fines de que sean admitidas en el pago de los impuestos.
En resumen, estos son los principales tipos de comprobantes que existen actualmente:
01 – Valido para crédito fiscal
02 – Consumidor Final
03 – Notas de débitos
04 – Notas de Crédito
11 – Proveedores Informales
12 – Registro único de ingresos
13 – Gastos menores
14 – Regímenes especiales de tributación
15 – Empresas Gubernamentales
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